Se recuerda que está vigente la Ordenanza Municipal 041-2009.MPT, que dispone el embanderamiento en todos los predios del distrito, sean privados o públicos, de vivienda y/o comercio, como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio, y que el incumplimiento constituye falta pasible de sanción pecuniaria con multas conforme al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas.
Pintado de fachadas
Respecto al pintado de fachadas, los muros de los inmuebles monumentales se deben emplear los colores: rojo almagre, amarillo oro pimente, ocre amarillo, azul añil, blanco a la cal y gris.
En el caso de viviendas que no son inmuebles monumentales los colores autorizados son: blanco café mediano, blanco castaña, café mediano, capuchino, canela, verde (en los tonos cactus o cancha de tenis), blanco arena, blanco acero, gris oriente y marrón claro.
Embanderar la ciudad y pintar las fachadas
Reviewed by Valle Chicama
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julio 18, 2011
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