La Ordenanza establece una multa para quienes se niegan, impidan, u obstaculicen el uso del servicio de transporte público a personas con discapacidad o de la tercera edad con el 140 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) -que actualmente es de 3 mil 650 soles- y será cancelado por el conductor o propietario de la empresa.
Por omitir o ubicar discriminatoriamente los espacios reservados para personas con discapacidad, el conductor o propietario del vehículo de servicio público pagará una multa de 50% de la UIT y lo pagará el cobrador, conductor o la empresa de transporte.
La multa mas fuerte, que alcanza las dos unidades impositivas tributarias y equivale a 7 mil 300 soles, implica la ocurrencia actos de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social en un establecimiento comercial, industrial, o servicio de cualquier índole.
También se sanciona con el 50% de la IUT cuando se ocupen indebidamente los espacios de estacionamiento exclusivo para discapacitados, cuando las instituciones no cuentan con accesos, ambientes, corredores de circulación o instalaciones adecuadas para el desplazamiento de personas con discapacidad.
Finalmente se sancionará por negar, impedir u obstaculizar el uso del servicio público a personas con discapacidad, personas de la tercera edad y menores de edad, la multa es del 50% de la UIT y el pago lo hará el conductor o el propietario del establecimiento
Multarán a quienes impidan usar transporte público a discapacitados en Trujillo
Reviewed by Valle Chicama
on
agosto 04, 2012
Rating:
No hay comentarios: