Como parte de las acciones de control simultáneo realizadas durante la emergencia sanitaria por la COVID-19, la Contraloría advirtió que la Universidad Nacional de San Martín (UNSM) distribuyó módems de internet móvil a universitarios que no figuran en el padrón de beneficiarios en condiciones de pobreza y vulnerabilidad económica, establecido en el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
En el Informe de Hito de Control N° 003-2020-OCI/0228-SCC, los auditores advirtieron que 52 universitarios -que se beneficiaron con estos módems portátiles- no figuran en el padrón. De igual manera, se consideraron en el padrón final a otros 43 estudiantes que sí tienen acceso al servicio de internet, y por lo tanto, no les correspondería recibir los dispositivos.
También se detectó que 26 alumnos con la condición de pobre extremo no fueron incluidos en el padrón general de distribución de la Oficina de Bienestar Universitario. Esta situación genera el riesgo de quitar la posibilidad dar estos equipos a estudiantes que realmente lo necesiten y así tenga acceso a la educación virtual en igualdad de condiciones.
Por otro lado, el informe señala que la entidad recibió 1094 equipos tecnológicos en varias fechas, siendo la primera entrega el 09 de julio correspondiente a los chips informáticos y el 31 de julio de 2020 se recibieron los dispositivos portátiles para internet móvil.
Mientras que la distribución de estos módems se realizó en varias fechas y a pocos días del inicio del semestre académico (10 de agosto), lo que generó el riesgo que no se entreguen en su totalidad a los beneficiarios en las fechas programadas, lo que limitaría el acceso al servicio educativo virtual por parte de los estudiantes que están en situación de vulnerabilidad económica.
Cabe precisar que el padrón de beneficiarios fue enviado al Ministerio de Educación para identificar a los estudiantes que recibieron los dispositivos informáticos.
El informe se encuentra publicado en el Portal Institucional www.contraloria.gob.pe y fue puesto en conocimiento del titular de la entidad para que tome las medidas preventivas y correctivas. Dichas medidas deberán ser comunicadas al Órgano de Control institucional (OCI), a través del respectivo plan de acción.
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