Sentencia del TC permitirá que recién nacidos tengan primero el apellido de la madre


La histórica sentencia del Tribunal Constitucional modifica el artículo 20 del Código Civil y ahora permite a los padres decidir cuál apellido desean que lleven primero sus hijos

Hoy el Tribunal Constitucional falló a favor de un caso muy particular y que abrirá las puertas para que los recién nacidos a partir de la fecha sean registrados en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) primero con el apellido de la madre y luego con el del padre.


Caso Jhojana Rudas Guedes

Hace un promedio de 20 años, la señora Marcelina Rudas Valer esperaba una hija de Nivaldo Guedes Da Rocha. Sin embargo, éste no la reconoció. Entonces, a Marcelina no le quedó otro remedio que inscribirlas en el Reniec como Jhojana Rudas Valer. Es decir, usando el apellido de la madre.

Pasó el tiempo, y quisieron que el padre reconociera a su hija colocándole a Jhojana Rudas Valer el apellido Guedes. Es así que en el acta de su nacimiento el apellido del padre se puso luego que el apellido de la madre. Así pasó a llamarse Jhojana Rudas Guedes.

La niña se hizo joven y al llegar a la mayoría de edad de 18 años Jhojana Rudas Guedes quiso obtener su DNI. El Reniec le denegó. Le solicitó que para tener el documento debía realizar la rectificación del orden de sus apellidos colocados su partida de nacimiento. A fin de que sea identificada como Jhojana Guedes Rudas.


Juicio

Jhojana Rudas Guedes no le gustó que sea maltrata en su derecho a la identidad y buscó la forma de defenderse, pues siempre se presentaba en todos sus documentos anteriores como Jhojana Rudas Guedes. El Reniec se apoyó en el artículo 20 del Código Civil que señala que el orden de los apellidos es primero el paterno y luego el materno.

Luego de que se lleve el caso al Poder Judicial, el Segundo Juzgado Mixto de Iñapari con funciones de Juzgado Penal Unipersonal y Penal Liquidador, con fecha 25 de marzo de 2019, declaró infundada la demanda por considerar que es la propia favorecida quien por interés personal no desea cumplir con el procedimiento administrativo establecido para rectificar su acta de nacimiento conforme a los términos señalados por el Reniec, a fin de que se le expida su Documento Nacional de Identidad


Fallo

En el Tribunal Constitucional el caso fue visto por los magistrados Ledesma Narváez, Miranda Canales, Ramos Núñez y Espinosa Saldaña Barrera, despues de analizar las pruebas, doctrina y jurisprudencia nacional e internacional, votaron, en mayoría, por declarar fundada la demanda por haberse acreditado la vulneración del derecho a la identidad de la demandante, así como el principio-derecho de igualdad y no discriminación en razón al sexo en la elección de los apellidos.

En consecuencia, declararon inaplicable al caso el artículo 20 del Código Civil, referido al sentido interpretativo que establece un orden de prelación en los apellidos asignados al hijo, de conformidad con lo establecido en la sentencia.

Asimismo, ordena al Reniec que emita el DNI a la demandante con el nombre solicitado como “Jhojana Rudas Guedes”, que se encuentra inscrito en el acta de nacimiento.


Sentencia del TC permitirá que recién nacidos tengan primero el apellido de la madre Sentencia del TC permitirá que recién nacidos tengan primero el apellido de la madre Reviewed by Diana Chuquiruna Lozada on junio 28, 2021 Rating: 5

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